Plan Parto Humanizado protege a la mujer en estado de gestación
Plan Parto Humanizado protege a la mujer en estado de gestación
El Plan Parto Humanizado es un programa social promovido por el Gobierno Nacional para garantizar la protección de la mujer venezolana en estado de gestación.
Creado el 11 de julio de 2017 por el Presidente de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, este plan tiene entre sus objetivos combatir el mercantilismo del nacimiento; disminuir las cesáreas, dar paso al parto natural para traer niños y niñas de la Patria en armonía con sus madres y el entorno, lo que reivindica el derecho de la mujer a decidir cómo sobrellevar el proceso de embarazo, alumbramiento y post parto.
Esta política gubernamental –que es llevada adelante por el Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género, el Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer), en articulación con otras carteras, principalmente el Ministerio de Salud–, se corresponde con el artículo 76 de la Constitución vigente, que consagra la obligación del Estado de garantizar asistencia y protección a la maternidad desde la concepción, durante el embarazo y el parto.
En su primera fase, el Parto Humanizado atendería un total de 900 mujeres en proceso de gestación, y en la segunda 3.057 mujeres, que fueron contactadas, a través del Carnet de la Patria.
En este sentido, el Ejecutivo Nacional, siguiendo con los cambios de paradigmas en la protección social hacia la mujer, fortalece el Plan Parto Humanizado, que permite a la madre estar consciente de todo lo que sucede a su alrededor durante todo el proceso de alumbramiento, para que sen sus brazos los que reciban a su hijo y su pecho el primer abrigo
Son muchos los artículos, documentos y portales web que hablan sobre el parto humanizado, natural o de la maternidad sana, todos referidos a la erradicación de la violencia obstétrica contra la mujer y sus hijos. Algunos textos explican que la mujer que va a dar a luz necesita una atmósfera de intimidad, seguridad física y emocional que le permita entrar en el estado de conciencia especial propio del parto.
En Venezuela, con la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se ampara a las féminas en cuanto a la violencia obstétrica.
En el artículo 15, la normativa establece la violencia obstétrica como: “La apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres”.
Este precepto garantiza y promueve el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia,creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos.
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